CONSULTA PRELIMINAR AL MERCADO

La sociedad mercantil denominada “LA NUEVA ROMAREDA SL” se constituyó en diciembre de 2023 por parte del Ayuntamiento de Zaragoza, el Gobierno de Aragón (actuando a través de Corporación Empresarial Pública de Aragón SLU) y el Real Zaragoza SAD, teniendo por objeto social la financiación, construcción, gestión y explotación de un nuevo estadio de la Romareda.

Desde los mismos pactos constitutivos de la sociedad se recoge la previsión de que la gestión y explotación del futuro estadio de fútbol sea asumida en el futuro por el socio Real Zaragoza S.A.D., como prestación accesoria de un socio.

Esos mismos pactos sociales exigen que la gestión y explotación del estadio de fútbol (excluidos sus equipamientos terciarios) se instrumente a través de una relación contractual con la Sociedad La Nueva Romareda SL. Pero este contrato, tal y como se deriva de los pactos sociales, deberá sujetarse a la aplicación de la normativa vigente, tanto sustantiva como procedimentalmente, debiendo precisarse el alcance de la gestión, así como sus condiciones técnicas y económicas, que deberán respetar un equilibrio económico entre las partes contratantes.

Si bien la naturaleza patrimonial del contrato a suscribir, conforme a su normativa reguladora, no exige para las sociedades mercantiles públicas, como es LA NUEVA ROMAREDA S.L., un procedimiento de concurrencia competitiva, la naturaleza pública de la sociedad sí demanda una gestión responsable, transparente, eficaz y eficiente de los fondos públicos, para lo que resulta conveniente, de una parte, comprobar si podrían existir otros operadores económicos que pudieran llegar a asumir, alternativa o complementariamente al Real Zaragoza S.A.D., la gestión y explotación, total o parcial, de los estadios de fútbol; así como, de otra parte, obtener información del mercado que permita mejorar la definición de las características o condiciones técnicas y económicas que hayan de regir tal contratación.

Por ello, con el fin de garantizar la seguridad jurídica de la contratación de la gestión y explotación del estadio de fútbol, así como de promover que dicha contratación se lleve a cabo de forma transparente y diligente, satisfaciendo adecuadamente las necesidades de la misma, la sociedad LA NUEVA ROMAREDA S.L. convoca una CONSULTA PRELIMINAR AL MERCADO, en términos similares a la prevista en el ámbito de la contratación pública por el artículo 115 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Este proceso de consulta preliminar al mercado se configura como un procedimiento previo a la contratación de la gestión y explotación del estadio de fútbol de La Nueva Romareda  cuyo objetivo será, de una parte, el de constatar de modo cierto y evidente la existencia o no de otros operadores económicos en el mercado, distintos al Real Zaragoza S.A.D., que, alternativa o complementariamente, pudieran tener interés y capacidad para acometer la gestión y explotación total o parcial del estadio de fútbol de La Romareda . A su vez, este proceso pretende, de otra parte, la obtención de información del mercado para mejorar la definición de las características o condiciones técnicas y económicas que hayan de regir tal contratación.

De acuerdo con lo expuesto, la sociedad mercantil LA NUEVA ROMAREDA S.L. CONVOCA UN PROCESO DE CONSULTA PRELIMINAR AL MERCADO con las siguientes CONDICIONES:

1. Carácter preliminar a la contratación.

Esta consulta no supone la apertura de un procedimiento de contratación, sino que se realiza de forma previa a la futura contratación de la gestión y explotación del estadio de fútbol, contando con carácter meramente informativo y no vinculante, no generando ni derecho, ni compromiso jurídico alguno ni para la sociedad pública promotora ni para los operadores económicos participantes de cara a esa futura contratación de la gestión y explotación del estadio de fútbol.

2. Objetivo de la consulta preliminar al mercado.

La finalidad de la consulta comprende:

  • Constatar de modo cierto y evidente la existencia (o ausencia de la misma) de operadores económicos en el mercado que pudieran tener interés y capacidad para acometer la gestión y explotación total o parcial del estadio de fútbol de La Nueva Romareda.
  • La obtención de información del mercado para mejorar la definición de las características o condiciones técnicas y económicas que hayan de regir tal contratación

3. Participantes

Se invita a participar en el proceso de consulta a todos aquellos operadores económicos activos en el mercado, sin que la participación en la consulta impida la posterior intervención en el procedimiento de contratación que, en su caso, se tramite.

4. Confidencialidad

Tanto la propia participación de los operadores económicos en el presente proceso de consulta preliminar al mercado como toda la información aportada por ellos en dicho proceso será tratada con carácter confidencial.

5. Presentación de manifestaciones de interés

Los operadores económicos que pudiera tener interés en participar en este proceso de consulta preliminar al mercado, deberán manifestarlo en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria mediante escrito dirigido a “contratacion@nuevaromareda.es”.En este escrito deberá indicarse:

  • Datos identificativos del operador económico.
  • La manifestación expresa de su interés en la gestión y explotación, total o parcial, del estadio de fútbol de La Nueva Romareda.
  • Definición de su propuesta.
  • Exposición de su experiencia previa y su capacidad técnica y económica para desarrollar su propuesta.
  • Cualquier otra información relevante.

6. Desarrollo del proceso de la consulta preliminar

a) Primera fase de pre-selección. Transcurrido el plazo de presentación de manifestaciones de interés, la sociedad LA NUEVA ROMAREDA SL analizará las recibidas, desechando motivadamente aquellas que no se ajusten adecuadamente al objeto de la futura contratación o, que, por su contenido o alcance, carezcan de interés o relevancia para el proyecto.

b) Segunda fase de comunicación e intercambio de información. A continuación, la sociedad LA NUEVA ROMAREDA SL contactará con los operadores económicos cuyas manifestaciones de interés hayan superado esa primera fase de pre-selección y que, por tanto, puedan revestir cierto interés para la futura contratación, entablando con los operadores económicos preseleccionados una comunicación e intercambio de información que permita, de un lado, constatar su interés cierto y evidente en participar en la gestión y explotación, total o parcial, de los estadios de fútbol, así como, de otro lado, definir con mayor precisión y rigor las características o condiciones técnicas y económicas que hayan de regir la futura contratación.
Durante el proceso de consultas no se podrá revelar a los participantes en el mismo las soluciones propuestas por los otros participantes.

c) Informe final. Finalizada la fase de comunicación e intercambio de información, la sociedad LA NUEVA ROMAREDA S.L. elaborará un informe final motivado en el que se recojan las actuaciones realizadas, exponiendo el resultado del proceso de consulta preliminar al mercado, y con exclusión de la información facilitada por los participantes.

7. Condiciones de la gestión y explotación objeto de la consulta

Con el objeto de ofrecer una somera información a los posibles operadores económicos interesados, se indican a continuación, de forma provisional y orientativa (a expensas del resultado del presente proceso de consultas preliminares al mercado), una serie de condiciones que, probablemente rijan la futura contratación de la gestión y explotación de los estadios:

a) OBJETO:

La gestión y explotación, total o parcial, del futuro estadio de fútbol de La Nueva Romareda, actualmente en construcción, conforme al proyecto ejecutivo de obras elaborado por IDOM.

Esta gestión y explotación podría llegar a comprender su utilización para generar ingresos propios derivados tanto de su actividad principal (actividad futbolística, derechos de televisión, publicidad y patrocinios, explotación comercial, esponsorizaciones, abonos, ticketing, tienda, gimnasio, tour museístico, hospitality, restauración, naming rigths, etc.), como no vinculados a su actividad principal (macroeventos, conciertos, entretenimiento y eventos culturales , congresos, simposios, actos institucionales, etc..).

Queda expresamente excluido del objeto de ese futuro contrato la explotación de los equipamientos terciarios de la parcela en la que se construirá el nuevo estadio de fútbol.

b) PLAZO:

En el caso del estadio de fútbol de La Romareda, el plazo sería de hasta 75 años, duración del derecho de superficie sobre el mismo de la sociedad LA NUEVA ROMAREDA S.L.

c) PRECIO:

El precio a satisfacer por la gestión y explotación  del campo de fútbol de La Nueva Romareda consistiría en un doble canon:

  • Canon fijo vinculado a la actividad principal de gestión del campo de fútbol que se hallaría en una horquilla de entre 1.000.000 euros y 3.000.000 euros, siendo objeto de actualización anualmente en función del IPC.
  • Canon variable, que oscilaría entre un 4-5 % de los ingresos no vinculados a la actividad principal  de la gestión del campo de fútbol.

Se constituirían derechos de prenda a favor de La Nueva Romareda, S.L. sobre los derechos de crédito futuros de los que el gestor y explotador sea titular.

8. Información y contacto

Para más información, los interesados pueden dirigirse a: LA NUEVA ROMAREDA S.L., Edificio Seminario, Vía Hispanidad 20-1, 50009 Zaragoza, teléfono 619591798.

En Zaragoza, a 24 de julio de 2025.

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